La apelación del gobierno por ArazatíLa apelación del gobierno por Arazatí: cuestionamientos "formales" y de "fondo" a la sentencia de Recarey

Presidencia coordina la preparación del escrito con el que buscará levantar la suspensión de la firma del contrato del proyecto Neptuno apuntando a rebatir punto por punto los argumentos del juez.

Una vez que se levante la feria judicial menor, que se extiende hasta el 15 de julio, el gobierno presentará el escrito con el que apelará el fallo del juez Alejandro Recarey que detuvo la firma del contrato entre OSE y el consorcio Aguas de Montevideo para la construcción de la toma de agua y planta potabilizadora en Arazatí (San José).

Coordinados por Presidencia, abogados de OSE y los ministerios de Ambiente y Salud Pública vienen trabajando en un escrito que buscará levantar la suspensión rebatiendo punto por punto los argumentos del juez. A su vez, intentarán echar por tierra los principales cuestionamientos al proyecto, según dijeron a El Observador fuentes oficiales.

La decisión de Recarey motivó una recusación –que fue desestimada judicialmente– por parte de Salud Pública y generó fuerte malestar en el Poder Ejecutivo por ser el mismo magistrado que suspendió la vacunación de niños en pandemia.

Los promotores de la medida cautelar –la Comisión Nacional en Defensa del Agua y la Vida y el movimiento Tucu Tucu– esperan ver los argumentos del Poder Ejecutivo y señalan que las resoluciones en los tribunales de apelaciones suelen demorar meses.

La inconstitucionalidad y privatización
Uno de los informantes señaló que la respuesta apuntará a los “muchos puntos” que deja planteada la sentencia tanto desde el punto de vista “procesal o formal” como “sustancial o de fondo”.

El principal cuestionamiento de las organizaciones sociales, recogido por Recarey en su sentencia, es que el proyecto incumple el artículo 47 de la Constitución.

Este artículo dice que los usuarios y la sociedad civil “participarán en todas las instancias de planificación, gestión y control de recursos hídricos” y menciona que el “servicio público de abastecimiento de agua para el consumo humano serán prestados exclusiva y directamente por personas jurídicas estatales”.

A juicio de Recarey, el modelo de negocios definido por el gobierno (en el que el consorcio se encarga del financiamiento, diseño, construcción, puesta en marcha y mantenimiento de la infraestructura) supone una privatización. “OSE dejaría de ser ‘productora’ de agua potable para pasar a ser solamente ‘distribuidora’”, escribió el magistrado en su sentencia.

Desde el gobierno responden que OSE será quien potabilice y estará a cargo de la operación de la planta por lo que no puede interpretarse un incumplimiento del artículo 47.

A su vez, citarán ejemplos de proyectos de saneamiento que se desarrollaron con la modalidades similares (pagos por disponibilidad) y dirán que ha habido instancias de participación pública y que el Ministerio de Ambiente prevé audiencias antes de otorgar la autorización de las obras.

En su resolución, Recarey también habló de la existencia de “alternativas” a Neptuno, una consideración que en el gobierno entienden que no le corresponde judicialmente.

De todos modos, para el Poder Ejecutivo la discusión de la elección es de carácter político y permitirá traer a cuento un informe de la consultora israelí Mekorot que mencionó la importancia de tener “fuentes alternativas” de suministro (como son la cuenca del Santa Lucía y el Río de la Plata).

Otro de los argumentos que se buscará rebatir refiere a la elección de lugar, la existencia de cianobacterias y eventos de salinidad.

En este sentido, plantearán –a partir de informes oficiales– que la detección de 87 días de salinidad en uno de los veranos fue un evento anormal cuya tasa de retorno está cercana a los 100 años.
“Eventos de salinidad de duración superior a 50 días, se estima presentan tiempos de recurrencia superiores a 50 años”, dice uno de los documentos. A su vez, agregarán que el proyectó prevé la construcción de una reserva de agua bruta (un pólder) que será “suficiente para atender eventos de salinidad de 70 días de duración” un incidente con “tiempo de recurrencia estimado de 50 a 100 años”.

Otros cambios
El consorcio Aguas de Montevideo está integrado por las empresas Ciemsa, Fast, Saceem y Berkes. El proyecto asciende a US$ 304 millones pero OSE pagará unos US$ 50 millones por año (un canon de US$ 45,6 millones más otros US$ 5 millones de costos operativos) durante 17 años y medio totalizando US$ 890 millones.

La obra, más allá de la decisión judicial, aún no tiene la autorización ambiental y los técnicos del Ministerio de Ambiente le realizaron ocho solicitudes de información complementaria al consorcio.

Esta autorización es condición sine qua non para comenzar a mover tierra. Uno de los pedidos, como informó El Observador en junio, fue modificar el trazado de la tubería para que no pase por el humedal del Santa Lucía, una zona de “alta relevancia ambiental” que es área protegida.

Diario EL OBSERVADOR -Montevideo - URUGUAY - 12 Julio 2024