Sunca vuelve a la carga para limitar despidos sin causa justificada
Promotores de la industria de la construcción ya plantearon su preocupación a las autoridades del nuevo gobierno
El tema volvió a estar sobre la mesa hace poco más de una semana. Fue en el Congreso del Sunca cuando se leyeron los lineamientos principales de la plataforma sindical. En uno de los puntos dice que se “luchará” para que se reglamente el decreto 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que prohíbe el despido sin causa justificada.
Se trata de una vieja bandera del sindicato de la construcción y del PIT-CNT en su conjunto, que tomó fuerza por última vez en 2016 a iniciativa del entonces diputado y hoy senador del Frente Amplio, Oscar Andrade. En abril de ese año la Cámara de Diputados aprobó un proyecto de minuta por la que se le solicitó al gobierno de Tabaré Vázquez que evaluara la adhesión a ese convenio.
El Poder Ejecutivo se comprometió a estudiar el asunto, pero el tiempo pasó y no hubo una ratificación ni pronunciamiento que diera lugar a un diálogo tripartito entre empresarios y trabajadores o a una discusión en el ámbito parlamentario. De todas formas en ese tiempo se aprobó otra vieja reivindicación que fue la creación de un fondo de garantía para los créditos laborales que se activa en situaciones de insolvencia patronal. Ahora el movimiento sindical quiere nuevamente impulsar el tema despidos en su agenda de pendientes.
La mención sobre el alcance de este convenio en el congreso de unos de los sindicatos con más poder de movilización y en las puertas de una nueva ronda de negociación colectiva no pasó desapercibida entre gremiales del sector.
El pasado martes 18, la Asociación de Promotores Privados de la Construcción (Appcu) planteó el tema a los designados ministro de Trabajo, Pablo Mieres y al subsecretario Mario Arizti. La representación empresarial trasladó su preocupación y se interesó en conocer qué postura tendrá el nuevo gobierno. Participantes de ese encuentro dijeron a El Observador que los futuros jerarcas pidieron tiempo para poder interiorizarse sobre el tema y luego expedirse.
Qué dice el convenio
El convenio 158 de la OIT fue aprobado en 1982. En parte de su texto dice que no se podrá despedir a un trabajador a menos que exista para ello una causa justificada que tenga relación con su capacidad o su conducta o esté basada en las necesidades de funcionamiento de la empresa.
También prevé que el trabajador que considere injustificada la terminación de su relación de trabajo tendrá derecho a recurrir contra la decisión ante un organismo neutral, como un tribunal, un tribunal del trabajo, una junta de arbitraje o un árbitro.
Si se llegara a la conclusión de que el despido es injustificado, y si en virtud de la legislación y las prácticas nacionales estos ámbitos no estuvieran facultados o no consideraran posible anularlo y eventualmente ordenar o proponer la readmisión del trabajador, tendrán la facultad de ordenar el pago de una indemnización adecuada u otra reparación que se considere apropiada.
Posturas encontradas
En el movimiento sindical se argumenta que en ramas de actividad donde hay organizaciones sindicales fuertes no se precisa del convenio 158 porque se tienen más garantías para que no existan “arbitrariedades”, pero se afirma que no ocurre lo mismo en lugares de trabajo que no cuentan con un gran poder de organización de sus trabajadores. Esa idea fue manejada por Andrade cuando expuso sobre el tema tiempo atrás en el Parlamento.
La suscripción del convenio es rechazada históricamente por las cámaras empresariales. Se considera que por esta vía se ponen restricciones al despido de personal y se da lugar a la inamovilidad dentro de las empresas; además de hacer más rígido el mercado laboral y limitar la libertad del empleador para prescindir de los servicios de un trabajador y sin invocar la causa del despido.
“¿Qué pasaría cuando se decida cerrar una empresa, cuando la actividad es magra como en la actualidad o se sucedan cambios tecnológicos que sustituyan mano de obra?”, se preguntó el gerente ejecutivo de Appcu, Aníbal Durán en una reciente columna de opinión publicada por la gremial.
“Sin duda, toda empresa debe asegurar a sus empleados un ambiente de trabajo adecuado y crear el mejor entorno posible con las medidas de seguridad y decoro pertinentes, pero esto no es sinónimo de asegurar un empleo permanente al obrero. Es como que el obrero tuviera derecho de propiedad sobre su trabajo”, escribió en otra parte de ese texto.
Diario EL OBSERVADOR -Montevideo - URUGUAY - 24 Febrero 2020