Reforma de la Seguridad Social
@|¿Será lógico lo de aumentar la edad de jubilación?
Muchas veces, quizás demasiadas, las personas se jubilan a los 60 años.
Aunque generalmente no se jubilan, sino que “los jubilan” a los 60 o antes, ya que concomitantemente con los años fisiológicos, los años de antigüedad – inflación mediante - hace que sus sueldos “se inflen” en comparación con las personas de menor edad.
Creo que “para muestra basta un botón”, si vemos las declaraciones días pasados de un dirigente de Fuecys que manifiesta que una empresa despedirá personal sobre la base de una reestructura, la cual no significa achicarse, sino por el contrario, va a expandirse, pero “rejuveneciendo” su plantilla.
Por otro lado, la misma semana leo también que hay un acuerdo interpartidario para un proyecto sobre jubilaciones tardías. Es evidente que el sistema político en su conjunto está leyendo mal lo que pasa en el mercado laboral y lo que pasa en la seguridad social. Hay que ser más imaginativos y más realistas.
Creo que el promover las jubilaciones parciales es uno de los tantos caminos a seguir si no se plaga de trabas burocráticas; pero hace falta más que eso.
La gente que es jubilada a los 60 o “cuasi” jubilada por no decir defenestrada antes y ahí ya estoy haciendo referencia a personas de 45 años en adelante, tiene que tener otras soluciones que acompañen en un todo a una reforma jubilatoria o mejor debería llamarse reforma de la seguridad social.
No son solo las jubilaciones a los 60 años que hacen mal a la seguridad social.
A modo de ejemplo uno directo y otro indirecto: a) Los que sustituyen a estas personas, van a aportar menos que las jubiladas ya que cobrarán menor sueldo, por lo cual no rige el dicho de “menos es más”; sino que aquí es lineal; el “menos es menos”; y eso siempre y cuando no se redistribuyan las tareas del “jubilado”. b) Hay que tener en cuenta que la seguridad social no son solo los jubilados. Está a modo de este ejemplo el seguro de paro. En éste, generalmente no se cumplen los términos de prestación del mismo que está establecido en la ley (léase seguridad social BPS). Según las normas, el subsidio por desempleo para el empleado con remuneración mensual fija o variable, es por un plazo máximo de seis meses, en los casos de despido o trabajo reducido, y de cuatro meses, en los casos de suspensión total. Esto, en la práctica, es para los casos “particulares”; o sea de personas que son enviadas por cualquier empresa de cualquier rubro en cantidades inferiores, por dar una cifra, a la decena. Cuando la cifra es superada, prensa, sindicatos y gobierno mediante, este beneficio se extiende por varios meses más, incluso ha llegado extenderse por años en algunas oportunidades (léase a modo de ejemplo PLUNA, Banco de Crédito y muchos etc.).
Entonces, los “Juanes Pueblo” que componen una gran mayoría de la población desocupada, no entran dentro de las tantas igualdades hoy día proclamadas por todos los actores políticos, sindicales y demás. Quedan en la vía y que tampoco es la vía de UPM. Ejemplos hay más, pero creo que solo con estos alcanza.
Resumiendo, si la solución para la seguridad social se ve solo en el aumento de la edad de jubilación, esto será solo un nuevo “regalo” para los empleados públicos -casi inamovibles- que seguirán más años viviendo de los dineros públicos; y será un nuevo azote para los empleados privados.
Hay que crear empleos, bajar los costos del Estado y hacer más transparente el Gobierno. Es por eso que estimo que las personas que legislan tendrían que ver más el bosque y no los árboles para hacer algo que defienda y atienda los intereses de todos.